Artículo 422 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si se presenta una emergencia por algo que salga mal en el pozo, el técnico a cargo de la perforación debe avisarle al capitán del barco para que él tome todas las medidas necesarias para proteger a las personas, evitar que se contamine el mar y mantener segura la navegación. Además, ese mismo técnico será quien dirija todas las operaciones y maniobras para resolver el problema o la contingencia.
Texto oficial
Artículo 422.- En el caso de contingencia derivada de las actividades del pozo, el responsable técnico encargado de la parte operativa del equipo de perforación informará al capitán de la situación, a fin de que éste tome las medidas necesarias para preservar la seguridad e integridad de la vida humana, la prevención de la Contaminación Marina y la Protección Marítima. En dichos casos, el responsable técnico estará a cargo de las operaciones y maniobras para la solución de dicha contingencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.