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Artículo 460 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los despachos, que son las autorizaciones o documentos de las autoridades, dejan de servir si no los usas en las 48 horas siguientes a que te los entregaron. Esto quiere decir que tienes dos días contados desde que te dieron el documento para hacer algo con él; si no, ya no vale.

Texto oficial

Artículo 460.- Los despachos quedarán sin efecto si no se hiciere uso de los mismos, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su expedición.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 108) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.