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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LNCM_040315/543
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Artículo
543

Artículo 543 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla sobre un sistema llamado VTS, que son las siglas en inglés de un sistema de control de tráfico marítimo. Su objetivo es instalar este sistema en los puertos de México y en las zonas cercanas a ellos. También se puede poner en otras áreas donde sea necesario para organizar el movimiento de los barcos. En pocas palabras, es como poner un "semáforo" o un control para que los barcos naveguen ordenados y seguros.

Texto oficial

Artículo 543.- El objeto del presente Capítulo es el establecimiento del VTS, en los puertos nacionales y zonas adyacentes, así como en aquellas regiones donde sea necesario adoptar o esté operando un Sistema de Organización del Tráfico Marítimo o VTS.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (pág. 124) ↗

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