Artículo 550 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un VTS es un tipo de permiso o acuerdo para vender productos en ciertos lugares, como tiendas o puestos. Una vez que este permiso ya está aprobado y funcionando, no lo pueden cambiar ni detener a menos que la Dirección General (la oficina del gobierno encargada) lo permita primero. O sea, si alguien quiere hacerle ajustes o pausarlo, necesita pedir permiso a esa autoridad. Es como que ya no puedes moverle al permiso por tu cuenta, solo si la dependencia dice que sí.
Texto oficial
Artículo 550.- Una vez autorizado y entrado en vigor un VTS, no será modificado ni suspendido sin autorización de la Dirección General.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.