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Artículo 574 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría se encargará de trabajar junto con otros organismos de rescate y control de barcos para que todo sea más seguro, cuiden el mar y funcione mejor el sistema de control de tráfico. Así, los barcos no tendrán que estar llamando por radio todo el tiempo a las estaciones en tierra para reportarse. En pocas palabras, busca que todo esté mejor coordinado sin molestar tanto a las embarcaciones.

Texto oficial

Artículo 574.- La Secretaría tomará las acciones necesarias para que la coordinación con otros organismos, centros de coordinación de salvamento y Centros de Control de Tráfico Marítimo, aumente la seguridad y eficiencia del tráfico, la protección del medio marino y la efectividad del CCTM, sin que las Embarcaciones tengan que realizar continuos contactos vía VHF con las estaciones en tierra.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 128) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.