Artículo 619 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes una lancha, un yate o cualquier barco pequeño de recreo o deportivo, tú y los demás dueños o usuarios son responsables de no tirar basura, aceite, combustible, aguas sucias o cualquier cosa que contamine los lagos, ríos o mares donde navegan. No importa si lo haces a propósito o sin querer: tienen que tomar medidas para evitarlo. Además, si alguien más a bordo tira algo contaminante, tú también serás considerado responsable junto con esa persona.
Texto oficial
Artículo 619.- Los Operadores, Propietarios, legítimos poseedores o usuarios de Embarcaciones Menores de Recreo y Deportivas, deben adoptar las acciones preventivas necesarias, para evitar que intencional o accidentalmente desde sus Embarcaciones se tiren en las vías navegables basura, aceites, combustibles, aguas de sentinas, aguas sucias o cualquier otro agente contaminante, por lo que serán solidariamente responsables con quien infrinja lo anterior, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.