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Artículo 623 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres organizar una carrera o competencia de lanchas, veleros o cualquier deporte en el agua, primero debes pedir permiso a la Capitanía de Puerto que esté a cargo de esa zona. Ellos te van a decir qué reglas de seguridad tienes que seguir, como por ejemplo marcar el área donde se hará el evento, proteger a los participantes y no estorbar a otras embarcaciones. La Capitanía tiene 10 días hábiles para darte una respuesta; si no te responden en ese tiempo, se da por hecho que tienes el permiso. Además, antes o durante la competencia, ellos pueden ir a checar que estés cumpliendo con todas las medidas de seguridad. Si no las respetas, te van a pedir que las arregles de inmediato; y si no lo haces, pueden cancelar el evento.

Texto oficial

Artículo 623.- Para realizar regatas o competencias deportivas náuticas, el interesado deberá obtener previamente la autorización de la Capitanía de Puerto, a cuya jurisdicción corresponda el lugar donde se efectuarán. La Capitanía de Puerto determinará las disposiciones específicas de seguridad por observar, relativas a delimitar el área de operación, a la protección a los tripulantes y usuarios y al establecimiento de las medidas necesarias para no interferir la Navegación de otras Embarcaciones. La Capitanía de Puerto resolverá las solicitudes de autorización en diez días hábiles. Transcurrido dicho plazo sin que se resuelva, la autorización se entenderá conferida. Previo a la regata o competencia deportiva o durante su realización, la Capitanía de Puerto podrá verificar el cumplimiento de las disposiciones de seguridad autorizadas y en caso de no cumplirlas, se requerirá al responsable su inmediato cumplimiento y, de no hacerlo, se ordenará la suspensión del evento. Sección III De la Prestación de Servicios de Turismo Náutico a Terceros

Ver ley oficial en el DOF (pág. 135) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.