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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LNCM_040315/685
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Artículo
685

Artículo 685 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para manejar o guardar mercancías peligrosas en un puerto, o para transportarlas por mar, debes seguir reglas muy específicas. Esas reglas vienen de acuerdos internacionales como el Convenio SOLAS (que habla de seguridad en barcos), el MARPOL (sobre contaminación marina) y el Código IMDG (que clasifica las cargas peligrosas). También tienes que cumplir con las leyes mexicanas que apliquen en el tema. En pocas palabras, no puedes andar moviendo materiales peligrosos a lo loco: todo debe hacerse bajo estos lineamientos.

Texto oficial

Artículo 685.- La recepción, manejo y almacenamiento en puerto y el transporte marítimo de las mercancías clasificadas como peligrosas, debe realizarse de conformidad con lo establecido en el Capítulo VII del Convenio SOLAS, en el Anexo III del MARPOL, en el Código IMDG y en la normatividad mexicana aplicable en la materia.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (pág. 150) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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