Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LNCM_040315/95
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Artículo
95

Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El error material es cuando, sin querer, se escribe algo mal en un registro o documento, pero no cambia el significado de lo que dice. Por ejemplo, si se ponen unas palabras por otras, se olvida anotar un detalle, se equivocan nombres o números al copiarlos, o se hace un asiento (anotación) que no corresponde. Lo importante es que sea un error sin mala intención y que no altere el sentido general.

Texto oficial

Artículo 95.- Se entenderá que existe error material cuando, sin intención y sin que ello cambie el sentido general de la inscripción, se escriban unas palabras por otras, se omita la expresión de alguna circunstancia, se equivoquen los nombres o los números al copiarlos del título, o se practique un asiento distinto del que corresponda.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.