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Artículo 43 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de que te apliquen una multa o castigo por incumplir esta ley o reglamento, las autoridades tienen la obligación de escucharte primero, para que puedas dar tu versión. Para decidir si te sancionan y de qué tamaño, van a tomar en cuenta qué tan grave fue lo que hiciste, si causaste daños o pérdidas a alguien, y también tus antecedentes, tu situación personal y tu condición económica. No te pueden castigar sin antes revisar todo eso y darte chance de explicarte.

Texto oficial

ARTÍCULO 43.- Para la determinación e imposición de las sanciones previstas en la Ley y en el presente Reglamento, se deberá oír previamente al interesado, tomando en cuenta la naturaleza y la gravedad de la infracción, los daños y perjuicios causados, así como los antecedentes, circunstancias personales y situación socioeconómica del infractor.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.