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Ley
REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo
43

Artículo 43 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de que te apliquen una multa o castigo por incumplir esta ley o reglamento, las autoridades tienen la obligación de escucharte primero, para que puedas dar tu versión. Para decidir si te sancionan y de qué tamaño, van a tomar en cuenta qué tan grave fue lo que hiciste, si causaste daños o pérdidas a alguien, y también tus antecedentes, tu situación personal y tu condición económica. No te pueden castigar sin antes revisar todo eso y darte chance de explicarte.

Texto oficial

ARTÍCULO 43.- Para la determinación e imposición de las sanciones previstas en la Ley y en el presente Reglamento, se deberá oír previamente al interesado, tomando en cuenta la naturaleza y la gravedad de la infracción, los daños y perjuicios causados, así como los antecedentes, circunstancias personales y situación socioeconómica del infractor.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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