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Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las organizaciones ganaderas, como las uniones de criadores de ganado, solo pueden hacer actividades que estén permitidas por la ley. Su trabajo debe enfocarse en lo que dice el reglamento, sin pasarse de ahí. En términos simples, tienen que cumplir con lo que la ley les marca, ni más ni menos.

Texto oficial

Artículo 16.- Las organizaciones ganaderas para el cumplimiento de su objeto, en términos del

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.