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Artículo 33 del REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todas las organizaciones de ganaderos, como las uniones o asociaciones, deben tener tres partes principales para funcionar: una asamblea general (donde todos los miembros se reúnen y toman decisiones), un consejo directivo (el grupo que dirige y administra) y un consejo de vigilancia (los que se aseguran de que todo se haga correctamente). Además, pueden crear otros grupos o comités si así lo establecen en sus propias reglas internas, llamadas estatutos. En la siguiente sección se explican más a fondo las reglas de la asamblea general.

Texto oficial

Artículo 33.- Las organizaciones ganaderas contarán con los siguientes órganos: I. Asamblea general; II. Consejo directivo; III. Consejo de vigilancia, y IV. Los demás que en su caso, señalen los estatutos. SECCIÓN PRIMERA DE LA ASAMBLEA GENERAL

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.