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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas
Artículo
34

Artículo 34 del REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La asamblea general es la autoridad más importante dentro de las organizaciones ganaderas. Todos los socios que estén registrados legalmente tienen derecho a ser parte de ella. Las decisiones y votos que se tomen en esa asamblea son obligatorios para todos los miembros, siempre y cuando no vayan en contra de ninguna ley.

Texto oficial

Artículo 34.- La asamblea general es la autoridad suprema de las organizaciones ganaderas y tendrán derecho a integrarla todos los socios legalmente reconocidos; sus resoluciones y acuerdos serán obligatorios para todos los socios siempre que no contravengan disposición legal alguna. REGLAMENTO DE LA LEY DE ORGANIZACIONES GANADERAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 24-12-1999 11 de 25

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas (pág. 10) ↗

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