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Artículo 66 del REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El folio ganadero es como un expediente o archivo oficial donde se anotan todos los trámites y papeles importantes relacionados con tu ganado, como compras, ventas o traspasos. Sirve para que esos movimientos tengan validez legal y se reconozcan oficialmente. Básicamente, si no está registrado en ese folio, el asunto no cuenta legalmente.

Texto oficial

Artículo 66.- El folio ganadero es el instrumento en el que se practicarán los asientos que se originen por el registro de los actos, documentos y demás elementos de significación jurídica a que se refiere el artículo 60 de este Reglamento, con el fin de que produzcan plenamente sus efectos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.