Artículo 7 del REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para productores de animales de raza pura, como perros o ganado de pedigree, las asociaciones que los agrupan deben comprobar que sí están siguiendo las reglas oficiales. Esas reglas son los pasos técnicos publicados por el gobierno para llevar un control de quién es el papá y la mamá de cada animal y darle un certificado de pureza. En otras palabras, si una organización dice "somos quienes registramos estos animales de raza", tiene que mostrar que está usando el sistema aprobado. No basta con decir que lo hacen, tienen que demostrarlo.
Texto oficial
Artículo 7o.- Las organizaciones nacionales de productores por rama especializada, dedicadas a la producción de animales de registro, deberán demostrar el cumplimiento de los Lineamientos Técnico- Genealógicos necesarios para el control del Sistema de Registro y Certificación Genealógica publicados al efecto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.