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Artículo 83 del REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay un error entre lo que dice un documento y lo que quedó registrado en los folios ganaderos (que son como las actas del ganado), se puede corregir. El error puede ser de escritura (como una letra mal puesta) o de fondo (como datos equivocados). Esto aplica cuando lo escrito no coincide con los papeles originales.

Texto oficial

Artículo 83.- Las inscripciones realizadas en los folios ganaderos podrán rectificarse por causa de error material o de concepto, en caso de existir discrepancia entre los documentos y la inscripción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.