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Artículo 84 del REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los errores materiales son equivocaciones simples al escribir datos, como poner una palabra por otra, saltarte algo importante sin querer o copiar mal la información. Pero ojo: solo cuentan si no cambian el sentido de lo escrito ni de sus partes clave. Para corregir este tipo de errores, la autoridad puede hacerlo por su cuenta o si tú lo pides. Quien se encarga de arreglarlos es la Dirección General Jurídica de la Secretaría.

Texto oficial

Artículo 84.- Son errores materiales aquellos que no cambian el sentido general de la inscripción ni el de alguno de sus conceptos, tales como inscribir una palabra por otra, omitir la expresión de alguna circunstancia o equivocar los datos al ser transcritos. La rectificación de asientos por errores materiales se efectuará de oficio o a petición de parte y será realizada por la Dirección General Jurídica de la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.