Artículo 14 del REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe del Instituto (el director general) es quien representa a la institución y se encarga de atender y resolver los asuntos que le tocan según la ley. Para que el trabajo sea más ágil, él puede pasarle algunas de sus responsabilidades a otros empleados de menor rango, pero él todavía puede decidir hacerlas personalmente si quiere. Eso sí, hay ciertas tareas que por ley no se pueden delegar, y esas las tiene que hacer él sí o sí. En pocas palabras, el jefe puede compartir el trabajo, pero no todo.
Texto oficial
Artículo 14. Corresponde originalmente al titular de la Dirección General la representación del Instituto, así como el trámite y resolución de los asuntos que le competen en términos de la Ley Orgánica. Para la mejor organización del trabajo, el titular de la Dirección General podrá delegar facultades en servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, salvo aquellas que las disposiciones jurídicas señalen como indelegables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.