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Artículo 49 del REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo los miembros del Consejo que fueron elegidos por los especialistas del Instituto pueden repetir el cargo una vez más. Esto significa que, si ya fuiste Consejero, tienes derecho a ser votado de nuevo para un solo periodo adicional. Después de esa reelección, ya no puedes volver a ocupar el puesto.

Texto oficial

Artículo 49. Los Consejeros electos por los especialistas del Instituto podrán ser reelectos en sus funciones por una sola ocasión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.