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Ley
REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia
Artículo
52

Artículo 52 del REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto tiene un área llamada Órgano Interno de Control, que se encarga de vigilar que todo se haga correctamente. Esta área está a cargo de una persona que es elegida según las reglas de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Para hacer su trabajo, esa persona cuenta con ayuda de los jefes de quejas, auditorías y responsabilidades, además de otros empleados del mismo órgano. Todos ellos dependen directamente de la Secretaría de la Función Pública, que es quien les da órdenes, los supervisa y controla su presupuesto.

Texto oficial

Artículo 52. El Órgano Interno de Control en el Instituto estará a cargo de una persona titular, designada en los términos del artículo 37, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, quien en ejercicio de sus facultades se auxiliará de las personas titulares de las áreas de responsabilidades, de quejas y auditoría, así como demás personal adscrito a dicho Órgano, quienes dependerán jerárquica, funcional y presupuestalmente de la Secretaría de la Función Pública.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia (pág. 41) ↗

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