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Ley
REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia
Artículo
54

Artículo 54 del REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto tiene que apoyar al Órgano Interno de Control (que es como el departamento que vigila que todo se haga bien) cuando este lo necesite para hacer su trabajo. Básicamente, si el Órgano Interno de Control pide ayuda, el Instituto está obligado a dársela para que pueda cumplir con su labor. Esto es para que no haya trabas cuando se trata de revisar o supervisar.

Texto oficial

Artículo 54. El Instituto proporcionará al Órgano Interno de Control el auxilio que requiera para el desempeño de sus atribuciones. CAPÍTULO VII DE LAS SUPLENCIAS

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia (pág. 41) ↗

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