- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia
- Artículo
- 54
Artículo 54 del REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto tiene que apoyar al Órgano Interno de Control (que es como el departamento que vigila que todo se haga bien) cuando este lo necesite para hacer su trabajo. Básicamente, si el Órgano Interno de Control pide ayuda, el Instituto está obligado a dársela para que pueda cumplir con su labor. Esto es para que no haya trabas cuando se trata de revisar o supervisar.
Texto oficial
Artículo 54. El Instituto proporcionará al Órgano Interno de Control el auxilio que requiera para el desempeño de sus atribuciones. CAPÍTULO VII DE LAS SUPLENCIAS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.