Artículo 104 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 104 dice cuáles son los puestos que existen dentro del Servicio Profesional de Carrera Policial, que es como una escalera de empleos en la policía de investigación. Estos puestos son: Agente de la Policía de Investigación (el que investiga casos), Jefe de Grupo (quien coordina a un equipo), Comandante (el que supervisa) y Comandante en Jefe (el máximo jefe). Cada uno tiene un nivel de responsabilidad distinto para que puedas subir de puesto conforme ganes experiencia.
Texto oficial
Artículo 104.- El Servicio Profesional de Carrera Policial comprende los cargos siguientes: I. Agente de la Policía de Investigación; II. Jefe de Grupo; III. Comandante, y IV. Comandante en Jefe.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.