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Ley
REGLAMENTO de la Ley Minera
Artículo
12

Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un delito es grave y el ministerio público (el representante de la ley) quiere archivarlo sin castigar a nadie, su jefe debe enviar el caso a un área especial de revisión. Ese equipo tiene hasta 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni festivos) para decidir si están de acuerdo o no. Si el expediente tiene más de 200 hojas, por cada 100 hojas extra se agrega un día más al plazo, pero nunca puede pasar de 60 días hábiles en total.

Texto oficial

Artículo 12.- Cuando se trate de delitos graves, el superior jerárquico del agente del Ministerio Público que proponga el no ejercicio de la acción penal, remitirá el expediente y la propuesta respectiva a la Coordinación de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del Procurador, la que canalizará a la fiscalía, agencia y unidad de revisión de su adscripción que corresponda, a fin de que en un término que no podrá exceder de treinta días hábiles emita la determinación correspondiente. Si las constancias que integran la averiguación previa exceden de 200 fojas, por cada 100 de exceso o fracción, se aumentará un día al plazo señalado en el párrafo anterior, sin que el plazo máximo sea superior a los sesenta días hábiles.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Minera (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.