- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Minera
- Artículo
- 132
Artículo 132 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro de Evaluación y Control de Confianza es como el departamento encargado de hacer pruebas a las personas que quieren entrar a trabajar en la Procuraduría, y también a las que ya trabajan ahí. Estas pruebas sirven para ver si son confiables y aptas para el puesto, tanto al inicio como cuando buscan un ascenso o quieren quedarse en su empleo. Todo esto se hace siguiendo las reglas establecidas en las leyes correspondientes.
Texto oficial
Artículo 132.- El Centro de Evaluación y Control de Confianza, en lo sucesivo el Centro, tiene por objeto la programación y la aplicación de las evaluaciones de control de confianza para la selección de los aspirantes a ingreso, así como para la permanencia, promoción y certificación del personal sustantivo de la Procuraduría, de conformidad con las normas aplicables. REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 24-10-2011 92 de 94
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.