Artículo 135 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el Centro va a tener un grupo de personas llamado Consejo Directivo, que se encarga de tomar decisiones importantes. Este grupo estará formado por el Director General, que será el que presida las reuniones, y por los jefes de cada área del Centro. Todos ellos serán vocales, es decir, miembros con derecho a dar su opinión y a votar en las decisiones.
Texto oficial
Artículo 135.- El Centro contará con un Consejo Directivo, que estará integrado por el Director General que fungirá como Presidente y por los titulares de las Unidades Administrativas que lo conforman, quienes tendrán la calidad de vocales con derecho a voz y voto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.