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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LOPGJDF/46
Ley
REGLAMENTO de la Ley Minera
Artículo
46

Artículo 46 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Asuntos Internos va a tener tres partes para hacer su trabajo: un equipo que investiga, otro que da seguimiento a los casos y un área de abogados. La parte de investigación se encarga de buscar información, la de seguimiento revisa que todo avance bien y la jurídica se ocupa de los asuntos legales. Así pueden atender mejor cualquier asunto interno que les toque resolver.

Texto oficial

Artículo 46.- La Dirección General de Asuntos Internos, para el cumplimiento de sus atribuciones, se integrará con un área de investigación, otra de seguimiento y una jurídica.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Minera (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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