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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LOPGR/109
Ley
REGLAMENTO de la Ley Minera
Artículo
109

Artículo 109 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las personas que trabajan en la Procuraduría tienen que pasar pruebas para ver si son confiables, si hacen bien su trabajo y si tienen las habilidades necesarias. Esto lo dice la Ley Orgánica y otras reglas que aplican. Cada una de esas pruebas se hace por separado, sin mezclarse una con la otra. Básicamente, es como un examen de confianza, otro de desempeño y otro de aptitudes.

Texto oficial

Artículo 109. Todo el personal de la Procuraduría deberá someterse a los procesos de evaluación de control de confianza, del desempeño y de competencias profesionales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica y demás disposiciones aplicables. Cada proceso de evaluación se practicará de manera independiente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Minera (pág. 83) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.