- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Minera
- Artículo
- 127
Artículo 127 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las competencias profesionales son las habilidades y responsabilidades que tiene un trabajador, según lo que digan las leyes y manuales de la empresa. Esto se define con base en su puesto, su perfil aprobado y los reglamentos que aplican. En pocas palabras, es lo que un empleado debe saber hacer por su cargo, de acuerdo a las reglas del trabajo.
Texto oficial
Artículo 127. Las competencias profesionales son aquéllas que resultan de las funciones señaladas en la Ley Orgánica, el presente Reglamento y las demás disposiciones aplicables, de conformidad con los perfiles aprobados o de acuerdo a los manuales de organización o de procedimientos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.