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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LOPGR/98
Ley
REGLAMENTO de la Ley Minera
Artículo
98

Artículo 98 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro de Evaluación y Control de Confianza tendrá un grupo de especialistas de distintas áreas, llamado Consejo Técnico Interdisciplinario. Este consejo estará encabezado por la persona que dirige el Centro. Los miembros del consejo ayudarán a revisar y dar su opinión sobre asuntos técnicos. Así se garantiza que las decisiones se tomen con la ayuda de varios expertos.

Texto oficial

Artículo 98. El Centro de Evaluación y Control de Confianza contará con un Consejo Técnico Interdisciplinario, presidido por su Titular.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Minera (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.