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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LOPGR/99
Ley
REGLAMENTO de la Ley Minera
Artículo
99

Artículo 99 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro de Evaluación y Control de Confianza tendrá los trabajadores que necesite para hacer su trabajo, siempre siguiendo las reglas y lo que diga el Procurador en un documento oficial llamado Acuerdo. Esto significa que el jefe puede decidir cuánto personal se requiere, pero sin pasarse de lo que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 99. El Centro de Evaluación y Control de Confianza contará con los servidores públicos necesarios para el desempeño de sus funciones, de conformidad con las disposiciones aplicables y lo que determine el Procurador mediante Acuerdo. CAPÍTULO DÉCIMO QUINTO DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN MINISTERIAL, POLICIAL Y PERICIAL

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Minera (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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