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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPDB/18
Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te da un permiso para hacer algo, eso no significa que nadie más pueda hacerlo también. El permiso solo te autoriza a ti, pero no evita que otras personas obtengan el mismo permiso. En pocas palabras, no tienes el derecho de ser el único que pueda realizar esa actividad.

Texto oficial

Artículo 18.- Los permisos que se otorguen no conferirán a su titular ningún derecho de exclusividad para la realización de las actividades objeto del mismo.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.