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Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
26

Artículo 26 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el permiso para producir Bioenergéticos te deja hacer combustibles a partir de basura orgánica, como restos de cosechas, estiércol de animales, residuos de pescado, basura de casas o negocios, desechos industriales y hasta microorganismos. También te permite guardar esos combustibles en el mismo lugar donde los fabricaste y venderlos, pero cumpliendo con reglas específicas que están en otros artículos de esta ley.

Texto oficial

Artículo 26.- El permiso de producción de Bioenergéticos será otorgado para realizar las actividades y procesos necesarios para la transformación en combustibles de la biomasa proveniente de materia orgánica de las actividades agrícola, pecuaria, silvícola, forestal, acuacultura, algacultura, residuos de la pesca, residuos domésticos, residuos comerciales, residuos industriales, de microorganismos y de enzimas, así como de sus derivados. Asimismo, abarca las actividades de almacenamiento de dichos Bioenergéticos en las mismas instalaciones donde se producen, y de comercialización, las cuales se sujetarán a las disposiciones previstas en los artículos 27, 30 y 34 del presente Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 7) ↗

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