Artículo 26 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el permiso para producir Bioenergéticos te deja hacer combustibles a partir de basura orgánica, como restos de cosechas, estiércol de animales, residuos de pescado, basura de casas o negocios, desechos industriales y hasta microorganismos. También te permite guardar esos combustibles en el mismo lugar donde los fabricaste y venderlos, pero cumpliendo con reglas específicas que están en otros artículos de esta ley.
Texto oficial
Artículo 26.- El permiso de producción de Bioenergéticos será otorgado para realizar las actividades y procesos necesarios para la transformación en combustibles de la biomasa proveniente de materia orgánica de las actividades agrícola, pecuaria, silvícola, forestal, acuacultura, algacultura, residuos de la pesca, residuos domésticos, residuos comerciales, residuos industriales, de microorganismos y de enzimas, así como de sus derivados. Asimismo, abarca las actividades de almacenamiento de dichos Bioenergéticos en las mismas instalaciones donde se producen, y de comercialización, las cuales se sujetarán a las disposiciones previstas en los artículos 27, 30 y 34 del presente Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.