Artículo 27 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El permiso para guardar bioenergéticos (combustibles hechos de plantas o desechos orgánicos) solo te deja recibirlos, tenerlos guardados y después entregarlos. Ese permiso es para un lugar específico, como un almacén o una bodega, y solo puedes guardar una cantidad máxima que te digan. No puedes usar ese permiso para otras actividades, como venderlos o transportarlos.
Texto oficial
Artículo 27.- El permiso de almacenamiento de Bioenergéticos será otorgado para recibir, mantener en depósito y entregar Bioenergéticos, en una instalación específica y con una capacidad determinada. REGLAMENTO DE LA LEY DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE LOS BIOENERGÉTICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 18-06-2009 8 de 20
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