Artículo 28 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El permiso para transportar bioenergéticos (combustibles hechos de plantas o desechos orgánicos) te permite recibirlos, moverlos de un lugar a otro y entregarlos, ya sea en camiones, pipas, trenes o por tuberías. Además, este transporte también tiene que cumplir con otras leyes y reglas que le correspondan, no solo con lo que dice este reglamento.
Texto oficial
Artículo 28.- El permiso de transporte de Bioenergéticos comprende las actividades de recibir, trasladar de un punto a otro y, en su caso, entregar Bioenergéticos por cualquier tipo de vehículo o por Ductos. Sin perjuicio de lo establecido en este Reglamento, el transporte de Bioenergéticos se regulará de conformidad con las demás disposiciones que le resulten aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.