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Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
28

Artículo 28 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El permiso para transportar bioenergéticos (combustibles hechos de plantas o desechos orgánicos) te permite recibirlos, moverlos de un lugar a otro y entregarlos, ya sea en camiones, pipas, trenes o por tuberías. Además, este transporte también tiene que cumplir con otras leyes y reglas que le correspondan, no solo con lo que dice este reglamento.

Texto oficial

Artículo 28.- El permiso de transporte de Bioenergéticos comprende las actividades de recibir, trasladar de un punto a otro y, en su caso, entregar Bioenergéticos por cualquier tipo de vehículo o por Ductos. Sin perjuicio de lo establecido en este Reglamento, el transporte de Bioenergéticos se regulará de conformidad con las demás disposiciones que le resulten aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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