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Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
32

Artículo 32 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te den permiso de transportar bioenergéticos (combustibles hechos de plantas o desechos), necesitas entregar una solicitud con varios papeles. Debes describir los vehículos que usarás, cuántos son, de qué capacidad y dónde los guardarás. También tienes que incluir un plan de cómo operarás y mantendrás los vehículos, una lista de ellos, un plan de seguridad contra riesgos y documentos que muestren que tu proyecto es viable técnica y económicamente. Además, debes presentar un escrito donde te comprometas a tener un seguro que cubra daños a terceros. Si vas a usar ductos (tuberías), aplican reglas diferentes que están en otro artículo.

Texto oficial

Artículo 32.- En el caso de los permisos de transporte de Bioenergéticos, los solicitantes, además de lo señalado en los artículos 15 y 16 de este Reglamento, deberán presentar lo siguiente: I. Descripción detallada de las características, del número y de la capacidad de los vehículos con los que se pretende llevar a cabo el transporte de Bioenergéticos, así como de la ubicación y características de las instalaciones donde se van a guardar dichos vehículos; II. Plan de operaciones y de mantenimiento de los vehículos; III. Relación de los vehículos con los que se van a desarrollar las actividades objeto del permiso; IV. Plan integral de seguridad y de manejo de riesgos; V. Aquellos documentos que acrediten la viabilidad técnica y económica del proyecto, y VI. Escrito presentado ante la SENER, en el que el solicitante del permiso se comprometa a presentar la póliza vigente de seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros que pudieran derivarse de la realización de las actividades objeto de permiso, junto con el aviso de inicio de operaciones a que se refiere el artículo 40 de este Reglamento. Para el caso de permisos de transporte de Bioenergéticos por Ductos, el solicitante deberá presentar, de conformidad con lo establecido en los criterios y lineamientos respectivos, la información a que se refiere el artículo siguiente.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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