Artículo 37 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La SENER (Secretaría de Energía) te da permisos que duran 30 años. Puedes pedir que los renueves por otros 30 años si aún los necesitas. Solo tienes que avisarles que quieres la prórroga antes de que se cumpla el plazo. Eso sí, no es automático: debes solicitarlo tú mismo. En total, puedes tener el permiso tantas décadas como renueves.
Texto oficial
Artículo 37.- Los permisos que otorgue la SENER tendrán una vigencia de treinta años, pudiéndose prorrogar por periodos iguales, previa solicitud del interesado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.