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Artículo 37 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La SENER (Secretaría de Energía) te da permisos que duran 30 años. Puedes pedir que los renueves por otros 30 años si aún los necesitas. Solo tienes que avisarles que quieres la prórroga antes de que se cumpla el plazo. Eso sí, no es automático: debes solicitarlo tú mismo. En total, puedes tener el permiso tantas décadas como renueves.

Texto oficial

Artículo 37.- Los permisos que otorgue la SENER tendrán una vigencia de treinta años, pudiéndose prorrogar por periodos iguales, previa solicitud del interesado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.