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Artículo 41 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para el permiso sobre el que ya te expliqué antes, ahora tienes que entregar el aviso por escrito con estos documentos: una póliza de seguro vigente que cubra daños a terceros, y dictámenes técnicos de expertos aprobados por la Secretaría de Energía (SENER) que confirmen que tus instalaciones y equipos cumplen con las normas oficiales. Si ya presentaste esos dictámenes para obtener el permiso de transporte de Bioenergéticos, no los vuelvas a dar. También debes incluir cualquier otro documento que pidan los criterios de la ley. Después de que revisen y comparen los papeles, te regresarán los originales.

Texto oficial

Artículo 41.- El aviso a que se refiere el artículo anterior deberá presentarse por escrito, acompañado de original y copia para su cotejo de los siguientes documentos: I. Póliza vigente de seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros que pudieran derivarse del desarrollo de las actividades objeto del permiso; II. Dictámenes técnicos de Personas Acreditadas aprobadas por la SENER, determinando que las instalaciones, vehículos, equipos y programas de mantenimiento, seguridad y contingencias para el desarrollo de las actividades objeto del permiso cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas, que resulten aplicables; III. En el caso de los permisos de transporte de Bioenergéticos no se requerirá la presentación de los dictámenes referidos en la fracción anterior cuando éstos hayan sido presentados para el otorgamiento del permiso correspondiente, y IV. Aquéllos que, en su caso, se señalen en los criterios y lineamientos a que se refiere el artículo 12, fracción IV de la Ley. Una vez cotejadas las copias de la documentación correspondiente, se devolverán al interesado los originales de la misma.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.