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Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
45

Artículo 45 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso de la SENER (la Secretaría de Energía), puedes pedirle que lo transfieras a otra persona o que lo cambie para aumentar la capacidad de tus instalaciones, equipos o procesos. Es decir, tienes derecho a solicitar que modifiquen los términos de tu permiso si necesitas ampliar lo que ya está autorizado. Esto aplica solo para lo que ya está permitido en tu documento original.

Texto oficial

Artículo 45.- Los Permisionarios podrán solicitar a la SENER la transferencia de sus permisos, así como la modificación de los términos y condiciones de los mismos por el aumento de capacidad en las instalaciones, equipos y procesos previstos en el permiso correspondiente.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.