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Artículo 51 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La SEMARNAT (Secretaría de Medio Ambiente) va a poner reglas oficiales para controlar cómo se producen, guardan, transportan y distribuyen los bioenergéticos (combustibles hechos de plantas o residuos). Estas reglas se llaman Normas Oficiales Mexicanas y están enfocadas en no generar basura de más, cuidar el suelo y no desperdiciar los recursos naturales como el agua o los bosques. En las normas que hablan de cómo se fabrican los insumos (las materias primas para los bioenergéticos), se van a incluir instrucciones técnicas sobre cuánta agua se puede usar, cómo tratar el suelo, y qué químicos como fertilizantes o pesticidas están permitidos. Todo esto para que no se dañe el medio ambiente mientras se produce este tipo de energía.

Texto oficial

Artículo 51.- La SEMARNAT establecerá los lineamientos a los que se sujetarán las actividades de producción de Insumos, la producción, el almacenamiento, el transporte y la distribución por Ductos de Bioenergéticos mediante Normas Oficiales Mexicanas en materia de prevención y gestión de residuos y aprovechamiento sustentable de los suelos y recursos naturales renovables. Las Normas Oficiales Mexicanas que regulen lo relacionado con la producción de los Insumos establecerán disposiciones técnicas sobre uso del agua, del suelo, de agroquímicos y otros de la misma naturaleza.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.