- Ley
- Reglamento Abrogado
- Artículo
- 54
Artículo 54 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un permiso para producir bioenergéticos (combustibles hechos de plantas o desechos) y quieres ampliar tu capacidad de producción (es decir, instalar más maquinaria o equipo), no lo puedes hacer así nomás. Primero, tienes que pasar por un procedimiento para evaluar cómo ese cambio va a afectar el medio ambiente. Además, si aplica, también deberás presentar un estudio de riesgo, que es un análisis para ver qué peligros podría causar tu instalación más grande. En otras palabras, no puedes aumentar tu producción sin antes cumplir con estos requisitos ambientales y de seguridad.
Texto oficial
Artículo 54.- Cuando el titular de un permiso para la producción de Bioenergéticos solicite la modificación del mismo porque desea aumentar la capacidad instalada, dicha modificación se deberá someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y a la presentación de un estudio de riesgo, en su caso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.