Artículo 60 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La SAGARPA (Secretaría de Agricultura) te puede multar si produces biocombustibles usando maíz de cualquier tipo sin haber pedido permiso antes. La multa va desde 1,000 hasta 80,000 veces el salario mínimo (lo que hoy sería entre 248,000 y 19 millones de pesos aproximadamente). Además, te pueden cerrar el negocio para siempre. También te castigan si no cumples con lo que dice la Ley, el Reglamento o los permisos que te hayan dado.
Texto oficial
Artículo 60.- La SAGARPA sancionará administrativamente los incumplimientos a las disposiciones de la Ley, de este Reglamento, de los títulos de los permisos respectivos y demás disposiciones aplicables en la materia, de conformidad con el artículo 26 de la Ley, a quien produzca Bioenergéticos utilizando grano de maíz en sus diversas modalidades, sin el permiso previo de SAGARPA, con multa de 1,000 a 80,000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y clausura total permanente de las instalaciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.