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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano
Artículo
10

Artículo 10 del REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguna oficina del Sistema Federal de Aviación detecta que hay una aeronave volando sin permiso o de manera escondida, esa oficina tiene la obligación de avisar a las autoridades correspondientes. También debe entregar las pruebas que tenga sobre el caso. Esto es para que las autoridades puedan tomar las medidas necesarias, como investigar o sancionar.

Texto oficial

Artículo 10.- Cualquier dependencia integrante del Sistema debe notificar y aportar a las autoridades competentes, los elementos de prueba que tengan conforme a sus atribuciones, con el fin de que dichas autoridades ejecuten las acciones que correspondan, según se trate de vuelo no autorizado o vuelo clandestino.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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