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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano
Artículo
29

Artículo 29 del REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Técnica del Consejo invitará al jefe del Centro Nacional de Inteligencia a las juntas del Consejo solo cuando se vayan a discutir temas de seguridad nacional.

Texto oficial

Artículo 29.- La Secretaría Técnica del Consejo convocará a la persona titular del Centro Nacional de Inteligencia a las sesiones del Consejo cuando se traten asuntos de seguridad nacional.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano (pág. 9) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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