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Artículo 68 del REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro debe avisar a todos los miembros del Sistema sobre un Alertamiento aéreo, y lo hace publicando una declaratoria que sigue las reglas de la Ley. Para dar este aviso, puede usar cualquier medio que tenga disponible, como correo, teléfono o mensajes oficiales. Esto es para que todos sepan lo que pasa y puedan reaccionar rápido. En pocas palabras, es como mandar una alerta por todos los canales posibles para que nadie se quede sin la información.

Texto oficial

Artículo 68.- El Centro debe comunicar el Alertamiento aéreo a los integrantes del Sistema mediante una declaratoria, conforme a la Ley, para lo cual debe hacer uso de los medios que disponga.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.