Artículo 100 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica las tareas del área encargada de las instalaciones técnicas y el mantenimiento dentro de la institución. Su trabajo principal es instalar y dar mantenimiento a equipos como computadoras, teléfonos, sistemas de audio, video y redes de datos. También se encarga de coordinar al personal técnico en los estados, investigar nuevas tecnologías y capacitar a los usuarios. Además, debe supervisar que los equipos reciban mantenimiento preventivo (para evitar fallas) y correctivo (para reparar daños). Por último, puede recibir otras tareas que le asigne su jefe directo o las leyes.
Texto oficial
Artículo 100.- Corresponde a la Dirección General de Instalaciones Técnicas y Mantenimiento: I. Dirigir las acciones que permitan proporcionar apoyos en la instalación y mantenimiento de las redes de comunicación de datos, telefonía, audio, imagen, radio y de los equipos de cómputo; II. Determinar la operación del personal de las unidades estatales de Servicios Técnicos en coordinación con los titulares de las Coordinaciones Estatales de la Institución; III. Conducir la investigación de nuevas tecnologías en materia de desarrollo tecnológico y estudiar la factibilidad de utilizarlas para resolver necesidades de la Institución; REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-08-2014 119 de 154 IV. Proporcionar el soporte técnico en materia de ministración, capacitación, instalación y mantenimiento de equipos de cómputo, telefonía, audio y video a las unidades administrativas de la Institución; V. Supervisar la elaboración de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de cómputo, audio, y video, así como su ejecución oportuna, y VI. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.