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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPF_220814/131
Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
131

Artículo 131 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice hasta qué edad puede trabajar alguien de la institución antes de retirarse, según su puesto. Por ejemplo, si eres de la escala básica, te tienes que retirar a los 45 años; si eres suboficial, a los 46; y así sucesivamente. Entre más alto sea tu rango, como comisario general, puedes quedarte hasta los 65 años. Cada categoría tiene su propia edad tope para retirarte.

Texto oficial

Artículo 131.- Para los efectos del artículo 17, apartado B, fracción III, de la Ley, la edad máxima para el retiro de los Integrantes de la Institución, según su categoría y jerarquía, será la siguiente: A. Escala Básica, 45 años; B. Suboficial, 46 años; C. Oficial, 49 años; D. Subinspector, 51 años; E. Inspector, 53 años; F. Inspector Jefe, 55 años; G. Inspector General, 58 años; H. Comisario, 60 años; I. Comisario Jefe, 63 años, y J. Comisario General, 65 años.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 132) ↗

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