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Artículo 170 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Integrante activo es la persona que trabaja en la Institución. En otras palabras, es el empleado o miembro que actualmente está dando su servicio, como los policías en activo. No importa el puesto que tenga, basta con que esté trabajando en ese momento.

Texto oficial

Artículo 170.- El Integrante activo es aquél que presta sus servicios en la Institución.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 139) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.