Artículo 170 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Integrante activo es la persona que trabaja en la Institución. En otras palabras, es el empleado o miembro que actualmente está dando su servicio, como los policías en activo. No importa el puesto que tenga, basta con que esté trabajando en ese momento.
Texto oficial
Artículo 170.- El Integrante activo es aquél que presta sus servicios en la Institución.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.