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Artículo 171 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 171 dice que el Retiro es cuando dejas de estar activo en la Institución, pero te llevas derechos como pensión o beneficios. O sea, no te vas con las manos vacías, sino que te dan lo que te corresponde por tu tiempo de servicio. Es una forma de separarte de manera oficial, pero sin perder las prestaciones que ganaste mientras trabajaste ahí.

Texto oficial

Artículo 171.- El Retiro es la separación del Integrante activo de la Institución con el beneficio de los derechos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 139) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.