Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPF_220814/171
Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
171

Artículo 171 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 171 dice que el Retiro es cuando dejas de estar activo en la Institución, pero te llevas derechos como pensión o beneficios. O sea, no te vas con las manos vacías, sino que te dan lo que te corresponde por tu tiempo de servicio. Es una forma de separarte de manera oficial, pero sin perder las prestaciones que ganaste mientras trabajaste ahí.

Texto oficial

Artículo 171.- El Retiro es la separación del Integrante activo de la Institución con el beneficio de los derechos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 139) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 171 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal, explicado | Precedente Legal