Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPF_220814/199
Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
199

Artículo 199 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Federal es el encargado de vigilar que se cumplan los castigos que les pongan a los Integrantes, siempre siguiendo las reglas que ellos mismos definan. Básicamente, este Consejo se asegura de que las sanciones se apliquen correctamente.

Texto oficial

Artículo 199.- El Consejo Federal supervisará la ejecución de las sanciones impuestas a los Integrantes, conforme a los lineamientos que al efecto establezca.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 145) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.