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Artículo 41 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de las Coordinaciones Estatales le reportan a la División de Seguridad Regional y son los encargados de manejar el personal, los equipos y el dinero que les toquen en su zona. También tienen que organizar, echar a andar y vigilar las operaciones de dos tipos de unidades: las operativas (que se encargan de investigación y seguridad preventiva) y las de servicios (que incluyen servicios generales, soporte técnico, asuntos jurídicos, y enlace con la ciudadanía). Eso sí, aunque estos jefes coordinen todo, cada unidad sigue teniendo a sus jefes principales en las oficinas centrales de la institución, a quienes les deben obediencia según su función.

Texto oficial

Artículo 41.- Los titulares de las Coordinaciones Estatales dependerán de la División de Seguridad Regional y tendrán bajo su responsabilidad administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados en su jurisdicción, así como coordinar, implementar y supervisar las operaciones de las siguientes unidades: A. OPERATIVAS: I. Investigación, y II. Seguridad Preventiva. B. SERVICIOS: I. Servicios Generales; II. Soporte Técnico; III. Asuntos Jurídicos, y IV. Enlace y Participación Ciudadana. Lo anterior, sin perjuicio de la subordinación jerárquica de cada una de esas unidades respecto de las centrales de la Institución, de las que respectiva y funcionalmente forman parte.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.